miércoles, 6 de mayo de 2009

CASO RUMASA

El Estado abonó 1.588 millones de al Opus Dei después de la expropiación de Rumasa

El Estado, a través de Rumasa, SA, expropiada a Ruiz-Mateos el 23 de febrero de 1983, pagó al Instituto de Educación e Investigación, SA (IEISA), entidad vinculada al Opus Dei, la cifra de 1.588 millones de pesetas después de la expropiación. El último abono, en forma de letra de cambio por importe de 300 millones de pesetas, fue cobrado el 9 de diciembre de 1985 por Enrique de Sendagorta Aramburu, presidente de Induban y presidente honorario de Petronor, ex consejero delegado del Banco de Vizcaya y actual consejero de dicha entidad bancaria, y a su vez d estacado miembro de la Obra de Dios.

Los 1.588 millones pagados por la Administración se desglosan en tres letras de 300 millones cada una; otra de 90 millones en concepto de intereses, y el reintegro de un depósito de 598 millones efectuado por el Instituto de Educación e Investigación en la llamada cuenta de ejecutivos de Rumasa.El 9 de diciembre de 1980 y el 16 de febrero de 1982 José María Ruiz-Mateos y Gregorio López Bravo, este último en representación del Instituto de Educación e Investigación, Sociedad Anónima, suscribieron contratos privados de préstamo mediante los cuales Ruiz-Mateos, actuando en su nombre y el de su esposa, Teresa Rivero, prestaban al instituto del Opus Dei diversas cantidades sin interés y por un plazo de 75 años.

La operación se instrumentó mediante el libramiento de distintas letras de cambio. Para reembolso de estos préstamos, el Instituto de Educación e Investigación aceptó efectos convencimiento en los años 2.055 y 2.075.

El contrato privado de diciembre de 1980 se suscribió por importe de 450 millones de pesetas, mientras que en febrero de 1982 se suscribieron cinco contratos por importe de 120 millones de pesetas el primero y 300 millones los cuatro restantes.
En total 1.320 millones, con lo que la operación global ascendía a 1.770 millones de pesetas. En la contabilidad de Rumasa la operación se registró bajo la rúbrica Operación Presidencia, desglosando su importe en 15,00 millones de principal y 270 de intereses.

Cinco letras sin referencia

Estos últimos cinco contratos se formalizan mediante el endoso a través de notario de cinco letras de cambio de Ruiz-Mateos al Instituto de Educación, letras, que fueron libradas por Hispano Alemana de Construcciones y aceptadas por Rumasa. En la contabilidad de Hispano Alemana no figura la menor referencia a esta operación. Tras producirse la expropiación de Rumasa quedaban por vencer 3 letras de 300 millones cada una, que tras los preceptivos informes de la abogacía del Estado, la Administración abonó a Gregorio López Bravo, las dos primeras letras, y a Enrique de Sendagorta, la última, hace apenas seis meses.

Y quedaba un importante pellizco más, derivado del primer contrato de diciembre de 1980 de la Operación Presidencia. Dicho contrato se resolvió con el cobro por Gregorio López Bravo de un cheque de 22,5 millones y una letra de cambio de 15 millones.

La diferencia hasta los 450 millones, es decir, 412,5 millones, fue ingresada por el ex ministro como un depósito a favor del Instituto en la llamada cuenta de ejecutivos de Rumasa. Esta era una cuenta privilegiada accesible solo a ejecutivos y inversores especialmente vinculados al holding, que retribuía los depósitos con un excelente 20% de interés anual. El saldo de esta cuenta a la expropiación era de 1.239,8 millones de pesetas.

Además, en la contabilidad de Rumasa apareció otra letra a favor del Instituto de Educación e Investigación por importe de 90 millones de pesetas, por abono al Instituto de intereses al 10% sobre los 900 millones que quedaban por pagar.

Al acercarse la fecha de vencimiento del depósito (15 de noviembre de 1983) efectuado en la cuenta de clientes, Gregorio López Bravo dirigió una carta a los administradores de Rumasa solicitando la devolución de la imposición más sus intereses. El saldo de esa cuenta era ya de 598 millones de pesetas, con un importante salto sobre los 412,5 millones depositados en un principio.
La complejidad de la operación montada obligó al Patrimonio del Estado a poner el asunto en manos de la abogacía del Estado. Se trataba de saber si había que atender el pago de dichas letras y la devolución del depósito, con fecha de vencimiento de 15 de noviembre de 1983, efectuado en la cuenta de ejecutivos.

Los donativos

Los aspectos atípicos eran numerosos. No se trataba de que Rumasa hubiera recibido fondos ajenos que tuviera que devolver, con sus intereses, transcurridos ciertos plazos, sino que el acuerdo Ruiz-Mateos-López Bravo imponía a Rumasa, dañando gravemente su patrimonio, la entrega de unas cantidades sin contrapartida alguna, y así se contabiliza en Rumasa como "donativo" y "donativo diferido".

¿Se trataba de un préstamo o de una donación, como opinan los inspectores de Hacienda? Tanto Ruiz-Mateos como López Bravo insisten en hablar de préstamo, pero en el que no se pactan intereses y su devolución se acuerda a los 75 años, algo completamente heterodoxo desde un punto de vista mercantil. Más aún, se pacta la entrega de intereses pero no por el prestatario, el Instituto de Educación, como es norma desde que el mundo es mundo, sino por el prestamista, la propia Rumasa.

La Dirección General de lo Contencioso del Estado, en dictamen de fecha 14 de noviembre de 1983, aconsejó estudiar la posibilidad de impugnación de los contratos entre Ruiz-Mateos y el Instituto de Educación e Investigación. Igualmente aconsejó remitir el asunto al juez especial que instruía el sumario del caso Rumasa, Luis Lerga. Los administradores de Rumasa remitieron pues el mismo 14 de noviembre un escrito al juez Lerga, solicitando ese dictamen, pero Lerga se lavó las manos, afirmando en resolución del día 21 del mismo mes "no haber lugar a entrar a resolver sobre el fondo de la consulta solicitada, respecto a la conducta a seguir en orden a la devolución del depósito existente en la cuenta ejecutivos de Rumasa".

Atender los pagos

Tras la falta de definición del fiscal especial del caso Rumasa sobre el camino a seguir, y teniendo en cuenta que la operación estaba debidamente documentada en la contabilidad de Rumasa bajo las rúbricas "donativo" (450 millones de pesetas); "donativo diferido" (1.200 millones), e intereses difendos (150 millones), el Patrimonio del Estado determinó atender el pago de los distintos efectos en la fecha de su vencimiento. Tras la muerte de Gregorio López Bravo, en accidente de aviación ocurrido en febrero de 1985, la última letra fue cobrada por Enrique de Sendagorta.

Desde el punto de vista fiscal, los contratos firmados entre el fundador de Rumasa y el Instituto de Educación e Investigación fueron calificados por lo Contencioso del Estado de donaciones onerosas, siéndoles por tanto aplicable el Impuesto General sobre Sucesiones, Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

La Inspección de Hacienda levantó expediente sancionador al Instituto por infracción calificadla por el inspector tributario como de "omisión", liquidando una deuda tributaria de 1.209 millones de pesetas. Tras el correspondiente recurso del Instituto, quien insiste en presentar la operación como un préstamo, el tema sigue pendiente.

La cifra de activo del Instituto de Educación, según fuentes del propio IEISA, se eleva actualmente a 2.800 millones de pesetas (1.770 millones correspondientesa la donación de Ruiz-Mateos; 50 millones de capital social, y 500 acumulados ya en forma de provisiones, para hacer frente a la arrienaza del fisco). Este dinero, sobre el que el propio José María Ruiz-Mateos ha sugerido que se encuentra invertido en eurobonos, "está colocado en títulos españoles, que gestionan tres sociedades de cartera de primera fila en el país, ligadas a otros tres grandes bancos privados".

Preguntados sobre los lazos clel IEISA con el Opus Dei, los responsables de la sociedad reclaman "libertad absoluta para hacer lo que quieran con el Instituto".